Andalucía se ha convertido en la primera comunidad autónoma que legisla contra la obesidad y lo ha hecho con la misma virulencia que antaño ejerció el Gobierno de España contra el tabaco. No en vano, el Ejecutivo de Susana Díaz otorga a los trastornos alimenticios la consideración de “pandemia” del siglo XXI. La obesidad afecta al 16,6% de la población adulta y a uno de cada cuatro niños andaluces, el grupo más vulnerable y en el que más se ha pensado al diseñar la ley.
Quizá por eso, la norma trae consigo todo un catálogo de medidas punitivas contra aquellos que faciliten a los jóvenes productos asociados a la obesidad infantil, desde el cierre temporal de un negocio de hostelería, el embargo de bienes o la retirada de la mercancía, hasta multas por valor de 250.000 euros.
La Junta de Andalucía ha prohibido por ley la venta de bollería industrial y bebidas azucaradas en los centros escolares de esta región. La norma, que ha entrado en vigor este mes, obliga a los colegios de Infantil y Primaria a retirar las máquinas expendedoras automáticas que facilitan estos productos, pero afectará mucho más a los institutos de Secundaria y Bachillerato, donde sí se permite la presencia de estos dispositivos, pero sujeta a ciertas reglas y, por supuesto, prohibiendo la venta en centros docentes de alimentos y bebidas proscritas, a saber, “con un alto contenido en ácidos grasos saturados, ácidos grasos trans, sal o azúcares”. El mismo reglamento se aplicará a las cantinas, bares y comedores ubicados dentro de instalaciones escolares.
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