Súmate a esta iniciativa para reclamar a la Consejería de Educación garantías de que se cumplen los consumos de alimentos ecológicos comprometidos por las empresas gestoras.
Los alimentos ecológicos ofrecen múltiples beneficios: para los ecosistemas, para el clima o para nuestra salud.
Por este motivo, cada vez más administraciones fomentan su consumo en comedores colectivos. A modo de ejemplo, muchos ayuntamientos y comunidades autónomas establecen consumos mínimos de estos alimentos en sus comedores escolares.
En el caso de la Comunidad de Madrid, el Acuerdo Marco en el que basan los contratos de gestión de los comedores de colegios públicos no incluye ningún porcentaje mínimo obligatorio de alimentos ecológicos. Su consumo sí que es uno de los criterios puntuables en los que (hipotéticamente) se ha basado la selección de las empresas que prestan los servicios de comedor, pudiendo obtener hasta 3 puntos (de un total de 100) por un «porcentaje mayor del 10% de los alimentos ofertados». Este es el motivo por el que en la mayoría de hojas informativas de los menús escolares aparecen algunos platos o ingredientes destacados como ecológicos. Sabiendo que su uso suele complicarle la vida -y las cuentas- a las empresas que gestionan los comedores (mayor precio y menor oferta que el alimento convencional), ¿comprueba alguien que los alimentos ecológicos publicitados y comprometidos en los contratos de verdad se consumen?
El fraude en el uso de alimentos ecológicos en restauración colectiva es un secreto a voces entre los y las agricultoras, personal técnico de la administración o representantes de gestoras que participan en encuentros y proyectos de comedores sostenibles. El equipo de Alimentar el cambio llevamos muchos años escuchándolo.
Serias dudas sobre la presencia de los alimentos eco en los comedores madrileños
Dicha comprobación le corresponde a los equipos directivos, a menudo desbordados de trabajo y, probablemente, con otras prioridades tanto en sus labores de gestión, como en las exigencias a las empresas gestoras de un servicio, el comedor escolar, con importantes carencias en las cocinas, en monitores/as, en los espacios, en las (mal llamadas) becas, etc.
Pero aún en el caso de direcciones comprometidas con el cumplimiento de los criterios del comedor escolar, estos están definidos de manera tan imprecisa que no es posible garantizar su cumplimiento. Es el caso de los porcentajes de alimentos ecológicos o de temporada. El Pliego de Claúsulas Administrativas Particulares del Acuerdo Marco no especifica si los porcentajes deben calcularse sobre el volumen (kg) o el número total de ingredeintes. ¡Y es que no se usan las mismas cantidades de patatas, que de frutas, ingredientes secos o especias!
¿Será que definir criterios que valoran la calidad del servicio -que la normativa actual de contratación pública obliga a incluir- de manera ambigua es la forma más práctica de permitir su incumplimiento y mirar para otro lado?
Actúar frente a la desidia y el señalamiento de la administración
Algunas personas usuarias han pasado a la acción, animando al conjunto de las familias para las que un comedor escolar más saludable y sostenible es importante, a exigirle a la Consejería de Educación que aclare el criterio como primer paso para su cumplimiento, a través del registro online de la Comunidad de Madrid.
Su propuesta, que te trasladamos aquí, es muy sencilla. Vuestro apoyo, muy importante, para evitar el señalamiento que estas personas ya han sufrido, simplemente por preguntar y velar por el cumplimiento de la normativa.
Pasos:
- Accede al «Formulario solicitud genérica» de la Comunidad de Madrid.
- Organismo destinatario: Consejería de Educación Ciencia y Universidades
Dirección General / Organismo: Secretaría General Técnica.
- ASUNTO: Incumplimiento del Acuerdo Marco de Comedores Escolares
- EXPONE: Buenos días.
El Pliego de Claúsulas Administrativas Particulares del Acuerdo Marco vigente de comedores escolares incluye en su cláusula 35: «corresponde a los centros docentes (…) el seguimiento de su ejecución para que esta se realice conforme a lo establecido en el acuerdo marco, en el contrato basado y en las disposiciones normativas que sean de aplicación».
Por su parte, el punto 4 de dicho Pliego incluye la utilización de alimentos ecológicos entre los criterios de valoración automática, recibiendo hasta 3 puntos en función del porcentaje (de productos ecológicos) «de los alimentos ofertados». El Pliego no concreta si dicho % debe calcularse sobre el volumen total (kilogramos) de alimentos ofertados, sobre su número u otra variable.
Esta concreción insuficiente del criterio (igualmente aplicable para otros criterios, como la temporada) impide a los centros docentes realizar correctamente la función de seguimiento mencionada arriba, y asignada por su propia Consejería.
Además, puede resultar discriminatorio para las personas usuarias del servicio de comedor en el caso de que diferentes centros opten por diferentes formas de interpretar el criterio.»
- SOLICITA:
«Solicito saber sobre qué variable debe calcularse el porcentaje de alimentos ecológicos:
– El número de alimentos totales del menú mensual. En ese caso, los productos considerados ecológicos no deberían usarse, en ese mes, de producción convencional.
– El volumen total de alimentos en kilogramos consumidos en el comedor.
– Otra variable diferente.
Ruego concreción en su respuesta para poder conocer cómo deben hacerse las valoraciones, así como qué información (listados de alimentos utilizados, tablas desagregadas de ingredeintes ecológicos y convencionales, etc.) deben proporcionar las empresas gestoras para facilitar su necesaria función de seguimiento.
Muchas gracias
Quedo a la espera de su aclaración, confiando en que en ella no van a repetir la insuficiente definición del Acuerdo Marco.»
6. Para poder hacer cierto seguimiento de la iniciativa, puedes dejarnos aquí la fecha de tu consulta y tu contacto. Muchas gracias por tu ayuda!!!!